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GRANDES CLIENTES :: Industrias

Usuarios que tienen como actividad el proceso de elaboración de productos, transformación de materias primas, reparación de maquinarias y equipos, y fabricaciones varias.

Se encuentran divididos en:

Servicio General P Servicio para usos no domésticos en donde el cliente no tiene una cantidad contractual mínima (no hay un servicio de contrato de gas).
Servicio General G Servicio para usos no domésticos en donde el cliente ha celebrado un contrato de servicio de gas con una cantidad contractual mínima, la cual en ningún caso puede ser inferior a 1000 m3/día durante un período no menor a un año.
Gran Usuario ID Servicio para un cliente que no utiliza el gas para usos domésticos y que no es una estación de GNC ni un subdistribuidor, siempre que haya celebrado un contrato de servicio de gas que incluya una cantidad mínima anual de 3.000.000 m3, y un plazo contractual no menor a doce meses en todos los casos. El servicio prestado es interrumpible.
Gran Usuario FD Servicio para un cliente que no utiliza el gas para usos domésticos y que no es una estación de GNC ni un Subdistribuidor, siempre que haya celebrado un contrato de servicio de gas que incluya una cantidad mínima diaria contractual de 10.000 m3 y un plazo contractual no menor a doce meses en todos los casos. El servicio prestado se realiza sobre una base firme.
Gran Usuario FT Servicio que presta una distribuidora a un cliente que no utiliza el gas para usos domésticos y que no es una estación de GNC, ni un subdistribuidor, siempre que haya celebrado un contrato que incluya una cantidad mínima diaria de 10.000 m3. Este servicio que está disponible para cualquier cliente con conexión directa al Sistema de transporte de una Transportista, se presta por contrato y se realiza sobre una base firme.
Gran Usuario IT Servicio disponible para cualquier cliente de la distribuidora con conexión directa al Sistema de Transporte. El cliente no debe utilizar el gas para usos domésticos ni ser una estación de GNC, ni un subdistribuidor y comprar una cantidad mínima contractual de 3.000.000 m3/año (y un plazo contractual no menor a doce meses). Como su nombre lo indica, el servicio se presta en condiciones de interrumpibilidad, es decir, que está sujeto a cortes y/o restricciones en situaciones de escasez y emergencia.

 

 
 

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