|
El Contratista será responsable por la observancia de las disposiciones emanadas de autoridad competente sobre los diversos aspectos relacionados con la ejecución de la obra (como, por ejemplo, legislación laboral, higiene y seguridad, medio ambiente, resoluciones del ENARGAS, etc.) no pudiendo alegar desconocimiento de las mismas y debiendo afrontar a su solo
cargo las sanciones y multas que los Entes impongan a sus Obras.
|
 |